Miércoles, 15 de Julio de 2026

Actualizada Miércoles, 15 de Julio de 2026 a las 12:44:40 horas

Redacción
Miércoles, 15 de Julio de 2026 Tiempo de lectura:

Nueva normativa para autocaravanas y campers: estos son los principales cambios

La DGT ha publicado la nueva Instrucción PROT 2026/04 para autocaravanas y campers. Esta norma sustituye y actualiza la regulación que permanecía en vigor desde 2023, incorporando nuevas precisiones para el sector.

 

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Uno de los aspectos más relevantes de la nueva instrucción afecta a los plazos para superar la ITV, una cuestión que hasta ahora generaba numerosas dudas entre los propietarios. La normativa diferencia claramente entre dos tipos de vehículos:

 

  • Autocaravanas: encuadradas en la categoría M, no deberán pasar la ITV durante los cuatro primeros años desde su matriculación. Entre el cuarto y el décimo año, la inspección tendrá carácter bienal, mientras que, una vez alcanzados los diez años de antigüedad, deberá realizarse anualmente.

  • Furgonetas camperizadas: clasificadas dentro de la categoría N, estarán sujetas a un calendario más estricto. Durante sus diez primeros años deberán superar la ITV cada año y, a partir de esa antigüedad, la inspección pasará a realizarse cada seis meses.

 

 

Aparcar o acampar: una cuestión que sigue generando dudas

Uno de los asuntos que más incertidumbre provoca entre los usuarios es dónde y cómo pueden estacionar sus vehículos, especialmente en entornos urbanos. La nueva instrucción de la DGT mantiene que las autocaravanas pueden detenerse y aparcar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo, respetando las limitaciones generales de circulación y estacionamiento. No obstante, el texto incorpora la interpretación fijada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 13 de marzo de 2018, que reconoce un papel determinante a las administraciones locales en esta materia.

 

La nueva normativa establece que los ayuntamientos podrán fijar, mediante sus ordenanzas municipales, limitaciones a la duración del estacionamiento en zonas de acampada o incluso prohibirla en la vía pública y en espacios anexos, reservando esta práctica únicamente para las áreas habilitadas. Estas restricciones encuentran su justificación en la necesidad de preservar la fluidez del tráfico, garantizar la seguridad vial, facilitar el tránsito peatonal y asegurar un reparto equilibrado de las plazas de aparcamiento. En consecuencia, la regulación dependerá de la normativa específica de cada municipio.

 

Si el vehículo no está en una zona de acampada, no se podrán:

 

  • Sacar sillas o mesas fuera del vehículo
  • Extender toldos, avances, ventanas batientes o elementos que sobresalgan del perímetro de tu vehículo.
  • Poner patas estabilizadoras apoyadas en el suelo.
  • Realizar vertidos de fluidos (aguas limpias, grises o negras) salvo los del motor por el tubo de escape.
  • Emitir ruidos molestos, como la puesta en marcha de un generador de electricidad durante horas de descanso o durante el día durante períodos excesivamente largos.
  • Realizar actividades comerciales desde el vehículo en la vía pública si la normativa local no lo permite.

 

 

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Nuevas áreas de pernocta y señalización específica

La nueva normativa también pone el foco en la necesidad de adaptar las infraestructuras al aumento del parque de autocaravanas y vehículos camper. En este sentido, recoge los avances normativos impulsados por comunidades autónomas como Navarra, Extremadura y la Comunidad de Madrid, que ya reconocen las áreas de acogida para autocaravanas como una modalidad oficial de alojamiento turístico. Estas instalaciones deberán ofrecer unos servicios mínimos y contar con una señalización adecuada que facilite su localización y utilización por parte de los usuarios.

 

Asimismo, la DGT recuerda la incorporación al Catálogo de Señales Verticales de Circulación, actualizado en 2025, de la nueva señal S-128. Denominada «Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas», esta señal identifica los lugares habilitados para el vaciado seguro y respetuoso con el medio ambiente de las aguas residuales de estos vehículos. En conjunto, la actualización normativa pretende favorecer un desarrollo ordenado del caravaning, compatibilizando esta forma de turismo con el cumplimiento de las normas de convivencia y de seguridad vial.

 

Más info: blog.coresurfingshop.com

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