Entró en vigor el 1 de octubre de 2024
Nuevo reglamento para los vehículos históricos
La nueva normativa simplifica, facilita y abarata el procedimiento para catalogar un vehículo como histórico, lo que ampliará significativamente su número en España. En este artículo te explicamos en qué consistirán los cambios.
![[Img #7639]](https://12voltios.net/upload/images/01_2024/1470_coche-clasico.jpg)
El actual Reglamento de Vehículos Históricos (RVH), que data de 1995, se actualizará antes de verano de 2024. Con la aprobación de la nueva ley, elaborada por la Dirección General de Tráfico con la colaboración del Ministerio de Industria, las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), se simplificará un proceso que todas las partes implicadas reconocen como excesivamente complejo y costoso.
Según datos de la DGT, en España hay hoy unos 47.000 vehículos históricos, un número pírrico si se compara con los 400.000 de Francia, los 600.000 de Alemania o el millón y medio del Reino Unido. Con la nueva reglamentación, el número de vehículos históricos se verá incrementado significativamente. La DGT prevé que alcancen los 200.000 vehículos, pero podrían situarse entre uno y dos millones.
Actualmente en España hay unos 47.000 vehículos catalogados como históricos, una cifra muy inferior a los 400.000 de Francia o los 600.000 de Alemania. Con la nueva Ley, el número de vehículos históricos en nuestro país aumentará considerablemente
¿Qué ventajas traerá la nueva norma?
Simplificar el procedimiento para catalogar un vehículo como histórico llevará aparejadas ciertas ventajas de uso y fiscales:
- Inspecciones Técnicas de Vehículos con una periodicidad mayor: cada dos años para los vehículos de 30 a 40 años de antigüedad; cada tres para aquellos entre 40 y 45 años; y cada cuatro para los que superan los 45 años. Sus revisiones no serán tan estrictas como las de los vehículos modernos, ya que no se les exigirán elementos mecánicos o de seguridad obligatorios hoy.
- Los vehículos matriculados antes del 1 de enero de 1950 estarán exentos de la ITV, aunque la pueden pasar voluntariamente.
- Bonificaciones en el impuesto de circulación.
- Permiso para circular por las vías urbanas en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de las ciudades. Aunque ello depende en último término de los Ayuntamientos, la nueva norma les insta a permitir su circulación. ¿Por qué? Porque, según un estudio realizado por FEVA, los vehículos históricos no constituyen un problema ni desde el punto de vista medioambiental ni por motivos de tráfico, ya que son utilizados con una frecuencia más baja, recorren distancias cortas y consumen muy poco carburante, por lo que su impacto en la contaminación es muy reducido. De hecho, y según el mencionado informe, el 61% de los vehículos históricos circulan menos de 20 días al año.
![[Img #7637]](https://12voltios.net/upload/images/01_2024/4970_que-es-vehiculo-historico-1-633ad8e21acf7.jpg)
Procedimiento para los nuevos vehículos históricos
En realidad, la nueva ley no cambia en exceso los requisitos fundamentales para lograr la consideración de vehículo histórico. Según informa race.es, deben haberse fabricado o matriculado por primera vez hace por lo menos 30 años, y tienen que conservarse en su estado original o con modificaciones que no alteren sus características elementales ni su carácter histórico.
Para completar el proceso, será necesario solicitar en una jefatura de Tráfico un duplicado del permiso de circulación por cambio de servicio a vehículo histórico, y pagar la tasa asociada (de 20 €). Entonces quedarán catalogados en uno de estos dos grupos:
- Grupo A: aquellos con matrícula española, matriculados por primera vez hace más de 30 años e ITV en vigor.
- Grupo B: los que no cumplen con los requisitos anteriores, ya sea por haber sido importados del extranjero o por estar fuera de circulación.
Mientras que, con la nueva norma, los coches históricos del primer grupo estarán exentos del todavía preceptivo informe favorable de un laboratorio oficial (y que ha de ser acreditado por su Comunidad Autónoma), los del segundo grupo seguirán necesitando presentar ese informe de aptitud para circular (incluyendo las limitaciones que correspondan para circular), que emitirán los servicios técnicos de vehículos históricos.
Los vehículos pertenecientes al grupo A, además, disfrutarán de un proceso mucho más sencillo, ya que el propietario solo deberá presentar una declaración responsable de que su vehículo cumple con todos los requisitos exigidos para ser catalogado como histórico.
![[Img #7638]](https://12voltios.net/upload/images/01_2024/3376_seat-850-min.jpg)
¿Y qué ocurre con las motos clásicas?
Al igual que sucede con los coches, el nuevo RVH facilitará la catalogación y matriculación de motos y ciclomotores históricos:
- Las motocicletas clásicas con al menos 30 años, ya matriculadas y con ITV en vigor podrán clasificarse como históricas tan solo con el pago de una pequeña tasa.
- Las motocicletas y ciclomotores no matriculados deberán completar un procedimiento simplificado respecto al actual, consistente en la obtención de un Informe Técnico favorable en un Servicio Técnico de Vehículos Históricos, pasar una ITV y luego matricularla como histórica en una jefatura de Tráfico.
- Deberán someterse a inspecciones técnicas cada cuatro años, frente a los dos actuales.
- Los modelos de motocicleta o ciclomotor anteriores a 1950 estarán exentos de pasar la ITV.
Para Pere Aragonés, director general de Tráfico, el nuevo reglamento servirá para “romper el falso mito de que los vehículos históricos son para gente pudiente. El 80% de los vehículos históricos son vehículos populares: el Seat 600, el Citroën 2CV o el R5 son coches que marcaron la vida de millones de españoles y son historia de nuestro país”.
¿Qué es un vehículo histórico?
La DGT define un vehículo histórico como aquel que por su antigüedad, interés o singularidad tiene una consideración especial que protege su carácter representativo. Esta consideración especial es una protección que permite resguardar el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo y a su vez nos permite a nosotros poder seguir circulando con él. Sin embargo, no podemos matricular cualquier coche como histórico, tiene que cumplir una serie de requisitos.
Criterios para matricular un coche como histórico
Para poder solicitar que se catalogue a nuestro coche como histórico debe cumplir con alguno de estos requisitos:
- El coche debe tener al menos 30 años de antigüedad desde su primera matriculación o desde su fabricación. Es importante que el coche no haya sufrido cambios en sus componentes principales como puede ser el motor o la carrocería, si no que más bien se encuentre en su estado original.
- También podrán ser catalogados como históricos aquellos coches que se encuentren inscritos en el Inventarios General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, declarados bienes de interés cultural o cuando el coche haya participado en algún hecho histórico o haya pertenecido a una personalidad relevante.
- Los coches de colección también se pueden considerar históricos por su singularidad o por su escasez.
![[Img #7640]](https://12voltios.net/upload/images/01_2024/6560_seat-ano_1740736864_170946855_1200x675.jpg)
¿Cómo puedo catalogar mi coche como histórico?
Si nuestro coche cumple con alguno de esos requisitos podemos matricularlo como histórico. Para ello tenemos que seguir los siguientes pasos:
Lo primero que hay que hacer es obtener una catalogación de vehículo histórico. Esto se hace en tu Comunidad Autónoma solicitando una inspección de un Laboratorio Oficial que esté acreditado por tu comunidad.
Después de obtener la catalogación, tienes que pedir cita en una estación de ITV, tenemos que especificar que es una inspección para conseguir una matrícula histórica. Allí se nos dará la tarjeta ITV donde donde figurará la fecha de fabricación y las limitaciones que tiene nuestro vehículo en cuanto a la circulación.
Luego tenemos que abonar o liquidar los impuestos asociados:
- El justificantes de pago o exención del impuesto de circulación del Ayuntamiento que tengas en tu domicilio.
- El justificante de pago/exención/no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte si el vehículo no ha estado matriculado antes en España.
- El justificante de pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Por último tenemos que realizar la matriculación como vehículo histórico en la DGT que nos costará 99,77 euros. Si son ciclomotores el coste del trámite es más bajo, nos costará 27,85 euros.
¿Qué documentos necesito?
Para poder solicitar la matriculación de tu coche como vehículo histórico, necesitas aportar todos estos documentos:
- La solicitud rellena en impreso oficial que puedes obtener por internet.
- El justificante del pago de la tasa de matriculación.
- La resolución del órgano competente de que se cataloga como vehículo histórico.
- La tarjeta de la ITV.
- La acreditación de pago de los impuestos nombrados en el apartado anterior.
- Cuatro fotos del coche en color (laterales, delantera y trasera).
- Permiso de circulación.
- Si no eres el titular del vehículo que figura en la documentación original, tendrás que aportar una acreditación que diga que tiene las propiedad del vehículo a través de: un documento notarial, una factura de compra o un contrato de compraventa.
El actual Reglamento de Vehículos Históricos (RVH), que data de 1995, se actualizará antes de verano de 2024. Con la aprobación de la nueva ley, elaborada por la Dirección General de Tráfico con la colaboración del Ministerio de Industria, las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), se simplificará un proceso que todas las partes implicadas reconocen como excesivamente complejo y costoso.
Según datos de la DGT, en España hay hoy unos 47.000 vehículos históricos, un número pírrico si se compara con los 400.000 de Francia, los 600.000 de Alemania o el millón y medio del Reino Unido. Con la nueva reglamentación, el número de vehículos históricos se verá incrementado significativamente. La DGT prevé que alcancen los 200.000 vehículos, pero podrían situarse entre uno y dos millones.
Actualmente en España hay unos 47.000 vehículos catalogados como históricos, una cifra muy inferior a los 400.000 de Francia o los 600.000 de Alemania. Con la nueva Ley, el número de vehículos históricos en nuestro país aumentará considerablemente
¿Qué ventajas traerá la nueva norma?
Simplificar el procedimiento para catalogar un vehículo como histórico llevará aparejadas ciertas ventajas de uso y fiscales:
- Inspecciones Técnicas de Vehículos con una periodicidad mayor: cada dos años para los vehículos de 30 a 40 años de antigüedad; cada tres para aquellos entre 40 y 45 años; y cada cuatro para los que superan los 45 años. Sus revisiones no serán tan estrictas como las de los vehículos modernos, ya que no se les exigirán elementos mecánicos o de seguridad obligatorios hoy.
- Los vehículos matriculados antes del 1 de enero de 1950 estarán exentos de la ITV, aunque la pueden pasar voluntariamente.
- Bonificaciones en el impuesto de circulación.
- Permiso para circular por las vías urbanas en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de las ciudades. Aunque ello depende en último término de los Ayuntamientos, la nueva norma les insta a permitir su circulación. ¿Por qué? Porque, según un estudio realizado por FEVA, los vehículos históricos no constituyen un problema ni desde el punto de vista medioambiental ni por motivos de tráfico, ya que son utilizados con una frecuencia más baja, recorren distancias cortas y consumen muy poco carburante, por lo que su impacto en la contaminación es muy reducido. De hecho, y según el mencionado informe, el 61% de los vehículos históricos circulan menos de 20 días al año.
Procedimiento para los nuevos vehículos históricos
En realidad, la nueva ley no cambia en exceso los requisitos fundamentales para lograr la consideración de vehículo histórico. Según informa race.es, deben haberse fabricado o matriculado por primera vez hace por lo menos 30 años, y tienen que conservarse en su estado original o con modificaciones que no alteren sus características elementales ni su carácter histórico.
Para completar el proceso, será necesario solicitar en una jefatura de Tráfico un duplicado del permiso de circulación por cambio de servicio a vehículo histórico, y pagar la tasa asociada (de 20 €). Entonces quedarán catalogados en uno de estos dos grupos:
- Grupo A: aquellos con matrícula española, matriculados por primera vez hace más de 30 años e ITV en vigor.
- Grupo B: los que no cumplen con los requisitos anteriores, ya sea por haber sido importados del extranjero o por estar fuera de circulación.
Mientras que, con la nueva norma, los coches históricos del primer grupo estarán exentos del todavía preceptivo informe favorable de un laboratorio oficial (y que ha de ser acreditado por su Comunidad Autónoma), los del segundo grupo seguirán necesitando presentar ese informe de aptitud para circular (incluyendo las limitaciones que correspondan para circular), que emitirán los servicios técnicos de vehículos históricos.
Los vehículos pertenecientes al grupo A, además, disfrutarán de un proceso mucho más sencillo, ya que el propietario solo deberá presentar una declaración responsable de que su vehículo cumple con todos los requisitos exigidos para ser catalogado como histórico.
¿Y qué ocurre con las motos clásicas?
Al igual que sucede con los coches, el nuevo RVH facilitará la catalogación y matriculación de motos y ciclomotores históricos:
- Las motocicletas clásicas con al menos 30 años, ya matriculadas y con ITV en vigor podrán clasificarse como históricas tan solo con el pago de una pequeña tasa.
- Las motocicletas y ciclomotores no matriculados deberán completar un procedimiento simplificado respecto al actual, consistente en la obtención de un Informe Técnico favorable en un Servicio Técnico de Vehículos Históricos, pasar una ITV y luego matricularla como histórica en una jefatura de Tráfico.
- Deberán someterse a inspecciones técnicas cada cuatro años, frente a los dos actuales.
- Los modelos de motocicleta o ciclomotor anteriores a 1950 estarán exentos de pasar la ITV.
Para Pere Aragonés, director general de Tráfico, el nuevo reglamento servirá para “romper el falso mito de que los vehículos históricos son para gente pudiente. El 80% de los vehículos históricos son vehículos populares: el Seat 600, el Citroën 2CV o el R5 son coches que marcaron la vida de millones de españoles y son historia de nuestro país”.
¿Qué es un vehículo histórico?
La DGT define un vehículo histórico como aquel que por su antigüedad, interés o singularidad tiene una consideración especial que protege su carácter representativo. Esta consideración especial es una protección que permite resguardar el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo y a su vez nos permite a nosotros poder seguir circulando con él. Sin embargo, no podemos matricular cualquier coche como histórico, tiene que cumplir una serie de requisitos.
Criterios para matricular un coche como histórico
Para poder solicitar que se catalogue a nuestro coche como histórico debe cumplir con alguno de estos requisitos:
- El coche debe tener al menos 30 años de antigüedad desde su primera matriculación o desde su fabricación. Es importante que el coche no haya sufrido cambios en sus componentes principales como puede ser el motor o la carrocería, si no que más bien se encuentre en su estado original.
- También podrán ser catalogados como históricos aquellos coches que se encuentren inscritos en el Inventarios General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, declarados bienes de interés cultural o cuando el coche haya participado en algún hecho histórico o haya pertenecido a una personalidad relevante.
- Los coches de colección también se pueden considerar históricos por su singularidad o por su escasez.
¿Cómo puedo catalogar mi coche como histórico?
Si nuestro coche cumple con alguno de esos requisitos podemos matricularlo como histórico. Para ello tenemos que seguir los siguientes pasos:
Lo primero que hay que hacer es obtener una catalogación de vehículo histórico. Esto se hace en tu Comunidad Autónoma solicitando una inspección de un Laboratorio Oficial que esté acreditado por tu comunidad.
Después de obtener la catalogación, tienes que pedir cita en una estación de ITV, tenemos que especificar que es una inspección para conseguir una matrícula histórica. Allí se nos dará la tarjeta ITV donde donde figurará la fecha de fabricación y las limitaciones que tiene nuestro vehículo en cuanto a la circulación.
Luego tenemos que abonar o liquidar los impuestos asociados:
- El justificantes de pago o exención del impuesto de circulación del Ayuntamiento que tengas en tu domicilio.
- El justificante de pago/exención/no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte si el vehículo no ha estado matriculado antes en España.
- El justificante de pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Por último tenemos que realizar la matriculación como vehículo histórico en la DGT que nos costará 99,77 euros. Si son ciclomotores el coste del trámite es más bajo, nos costará 27,85 euros.
¿Qué documentos necesito?
Para poder solicitar la matriculación de tu coche como vehículo histórico, necesitas aportar todos estos documentos:
- La solicitud rellena en impreso oficial que puedes obtener por internet.
- El justificante del pago de la tasa de matriculación.
- La resolución del órgano competente de que se cataloga como vehículo histórico.
- La tarjeta de la ITV.
- La acreditación de pago de los impuestos nombrados en el apartado anterior.
- Cuatro fotos del coche en color (laterales, delantera y trasera).
- Permiso de circulación.
- Si no eres el titular del vehículo que figura en la documentación original, tendrás que aportar una acreditación que diga que tiene las propiedad del vehículo a través de: un documento notarial, una factura de compra o un contrato de compraventa.
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