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Redacción
Miércoles, 09 de Junio de 2021 Tiempo de lectura:

Se endurecen las sanciones por el uso del móvil en el coche

Hasta la entrada del 2021, la policía tan solo podía imponer una multa por el uso del teléfono móvil si te veía utilizándolo, lo que conllevaba 200 euros de sanción económica y la pérdida de tres puntos del carné de conducir. No obstante la ley se ha endurecido.

 

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Si bien la ley reconocía como sancionable el uso del teléfono móvil desde hace varios años, la puerta a libres interpretaciones de expresiones tales como “el uso por el conductor con el vehículo en movimiento”, “conducir empleando” y “utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil” (artículos 18 y 76 del Reglamento General de Circulación y Anexo II del texto refundido de la Ley sobre Tráfico) ha quedado más limitada. Del mismo modo también lo hace la apreciación sobre el uso del móvil a la hora de abrir la puerta a recursos legales.

 

El 2 de enero de 2021 entró en vigor la actual Ley de Tráfico, donde se regula y se castiga no solo con mayores sanciones económicas, sino que también aumenta el número de casos en los que el uso de un teléfono móvil es penable. Por ejemplo, si un agente de la benemérita te caza con el móvil en la mano aunque no lo estés utilizando, puedes ser multado. Sí, ya sea para leer un mensaje de WhatsApp o, simplemente, mirar la hora, coger el móvil es motivo para ganarse una multa de 200 euros y la retirada de seis puntos del permiso de circulación.

 

¿Significa eso que no podemos llevar el teléfono móvil siquiera a la vista? Tampoco hay que ser extremistas. De acuerdo con Pere Navarro, director general de la DGT, en el supuesto de que el teléfono esté colocado en el salpicadero del vehículo, “no sería objeto de denuncia, siempre y cuando que se utilice para ello un soporte homologado y no se manipule durante la conducción”. Aún así, Navarro aconseja férreamente que, si necesitas usar el móvil por un motivo justificado, como conductor tengas la decencia de detenerte en una zona segura.

 

Así, hoy por hoy, “la Ley de Seguridad Vial considera infracción grave conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares, etc. que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción”. Las distracciones son la primera causa de accidente mortal de tráfico en España desde 2017, y las últimas cifras registradas por la DGT no auguran que vayan a mitigarse. A ello tampoco ayudan las pantallas de los sistemas de infoentretenimiento, aunque algunas marcas como Mazda estén intentando rectificar.

 

Por tanto, ten siempre en mente que en caso de que un agente de la autoridad se percate de que llevas el teléfono móvil en la mano, incluso si lo llevas apagado, ya es motivo para que te impongan una multa a través de una sanción económica de 200 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir. Porque para que la sanción prospere, no es necesario la interpretación del agente, basta con que atestigüe que el conductor portaba en su mano un móvil o existan pruebas (como una fotografía) de que la infracción se estaba cometiendo.

 

 

 

FUENTE: Noticias.coches.com

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